En un lugar... de la Tierra de Plasencia 1600
En un lugar de … o por qué Hernando Merino, vecino de Xerete, se fue a vivir al lugar de Cabezuela. 1600.
Todos hemos oído o
leído alguna vez el comienzo del Quijote. Esta pequeña entrada se remonta a la
misma época en que Cervantes escribía el famosísimo libro, coincidiendo en el
tiempo, y quién sabe si en un espacio común con alguno de los “Merinos de
Vargas” o “Hernández” que aquí se referirán.
La fuente principal de
información está en los archivos de la Real Chancillería de Valladolid.
Jerte en esa época era
un “lugar” como el del libro. En el que vivía al menos un “hidalgo”,
último escalón de la nobleza más baja. Pero que, como hemos visto en varias
ocasiones, solicitaban su carta de hidalguía para hacerla valer en el desempeño
de los cargos públicos.
Como el protagonista
del Quijote, también sabía leer, escribir y firmar. Y llevar sus cuentas en el
libro de asientos. Habilidades o saberes no tan generalizados entre la
población, incluidos los alcaldes electos cada año.
Nos fijamos ahora en el apellido “Merino”, o “Merino de Vargas” que enlazamos con una entrada anterior: https://jertehacia1600.blogspot.com/2024/03/hijosdalgos-hijos-de-que.html
Aunque este apellido se encuentra en diferentes poblaciones del Valle, muchos lo asociamos a Cabezuela. Como Cepeda o Beato a Jerte, Yustas, Sevilla o Navarro a Tornavacas, Elizo a El Torno… En la entrada de arriba se puede ver cómo llegó Hernando Merino a Jerte a finales del XVI donde se casó con Magdalena de Vargas. Allí tenéis un árbol genealógico de su procedencia que se remontaría a la época de los Reyes Católicos. Incluso un poco antes.
Y desde esa época
habían ejercido en las distintas villas donde vivieron los oficios principales
de alcaldes, regidores y procuradores. Habían ido a alguna escuela y tenían
algunos estudios. Y siempre hacían gala de su hidalguía, haciéndola constar y
valer su carta ejecutoria en cada cambio de domicilio, desde Béjar, Salvatierra
de Tormes, Bonilla de la Sierra, Jerte y Cabezuela.
Del XVI encontramos
pleitos de hidalguía en Jerte que llegan a la Audiencia castellana ligados
indirectamente con los Merinos:
·
1552. Probanza de Diego y Francisco Nuño Tello y Rodrigo de Vargas,
vecinos de Jerte.
·
1562. Hidalguía de Hernando de Valdenebro [1], también vecino
de Jerte.
|
[1] Isabel de Valdenebro fue
la abuela paterna de Hernando Merino, casado en jerte con Magdalena de Vargas. |
Unos y otros
emparentados con los citados Merino. Y, por supuesto, el que en 1597 pleitean
Hernando Merino y su hijo Diego Merino de Vargas, vecinos de Jerte, que
consiguen que se renueve la carta ejecutoria de hidalguía de la corte
vallisoletana, recogida en la entrada arriba citada.
Si con estos y otros
documentos ya tenemos información fehaciente de su paso por nuestra localidad,
los conservados como protocolos de 1599 y 1600, nos aportan una
gran cantidad de datos que se amplían con otros pleitos que llegan a
Valladolid. Éstos sobre todo de sus descendientes Merino asentados en
Cabezuela. También de los libros parroquiales de Jerte.
·
5 de agosto de 1599. Concierto de Merino.
·
7 de agosto de 1599. Escritura de promesa de dote del casamiento de
Hernando Merino.
·
1599. Testamento de Diego Merino de Vargas, regidor
perpetuo del lugar de Xerete.
·
1599. Testamento de Leonor de Vargas.
·
5 de diciembre de 1599. Codicilo de Magdalena de Vargas,
mujer de Hernando Merino. El testamento lo había hecho el 10 de noviembre de
1597.
·
Petición del inventario de los bienes
que dejó Hernando Montero por pedimento de Hernando Merino.
·
Inventario de los bienes de Hernando Montero
por Diego Merino regidor.
·
27 de diciembre de 1599. Testamento de Hernando Montero,
abintestato, yerno de Hernando Merino y Magdalena de Vargas, casado con Leonor
de Vargas, hecho por sus parientes. Se trata de 11 personas “todos parientes
y cuñados de Hernando Montero”
·
1 de enero de 1600. Nombramiento de tutor de los menores
de Hernando Montero y Leonor de Vargas. Se reúnen 13 parientes de los
huérfanos.
·
4 de octubre de 1600. Testamento de Hernando Merino.
·
1600. Venta de una casa que hace Diego Merino regidor a
Alonso Montero por valor de 41.000 maravedíes.
Sólo con el listado de
documentos es suficiente para reconocer cómo en una o dos generaciones están
completamente asentados en la localidad y emparentados con familias
establecidas del pueblo.
De todos ellos se
extrae información muy interesante. Pero los del casamiento de Hernando Merino,
los dos primeros del listado, se llevan la palma. Se trata de cómo se tejían
los lazos matrimoniales y de poder a nivel local y comarcal, buscando a sus
iguales e instituyendo unas alianzas entre quienes detentaban los cargos de
justicia más deseados. Vamos de nuevo a viajar a la época del Quijote.
Tenemos en 1599 a
Hernando Merino casado con Magdalena de Vargas, mayores, con nietos y algún
hijo ya fallecido. Diego Merino de Vargas, su hijo es regidor perpetuo de
Jerte, casado con Juana Lucas. Y Hernando Merino de Vargas, otro hijo, está
soltero.
Centrémonos en el
casamiento de este último, Hernando Merino de Vargas.
Su padre, Hernando
Merino, concierta con Juan Hernández, el casamiento de sus hijos, Hernando y
María. Hasta aquí casi normal.
Carta de poder.
… “como yo Juan
Hernández de Martín Hernández vecino que soy del lugar de Aldeanueva
del Camino jurisdicción de la villa de Granadilla, estante al
otorgamiento de esta escritura en el lugar de la Gargantilla jurisdicción de la
ciudad de Plasencia, y digo que por cuanto a servicio de Dios nuestro señor y
de la su bendita madre está tratado y concertado de se casar y velar in facies
resi según den de la Santa Madre Iglesia de Roma, Hernando Merino de Vargas
hijo de Hernando Merino y de su mujer cuyo nombre no va aquí expresado por no
lo saber, vecinos que son del lugar de Xerete, jurisdicción de la ciudad de
Plasencia, con María Hernández mi hija y de Lucía González mi mujer, y sobre
y en razón de los susodicho de parte de vos el dicho
Hernando Merino me ha sido pedido otorgar escritura para más firmeza del dote
que os tengo de dar con la dicha mi hija para ayuda de las cargas del
matrimonio”.
Otorga el poder para
representarle y llevar a cabo el contrato de matrimonio de su hija a su padre
Juan Hernández, y a sus tres hermanos: “a vos el bachiller Francisco
Hernández clérigo residente en la villa de Tornavacas”, “a Diego
Hernández cirujano y a Martín Hernández escribano, mis hermanos y vecinos de Cabezuela”
El padre de la novia
especifica a continuación que, cumpliéndose lo acordado, “le daré con la
dicha mi hija en dote y casamiento … 400 ducados en dinero y más 40
vacas de edad de a 3 años e dende arriba, las 10 paridas con sus crías y las 30
horras” “y demás … le daré la ropa e ajuar que por
los dichos mi padre y hermanos … en mi nombre les fuere mandado”
Después de todas las
cuestiones legales habituales, lo otorgó “ante Pedro Manzano [2] escribano
público del lugar de Gargantilla en 5 de agosto de 1599 ante los testigos
Francisco de la Majada, Alejo Hernández y Alonso García, vecinos del lugar de
la Gargantilla”
|
[2] “Pedro Manzano escribano
público del número y concejo de los lugares de Segura, Gargantilla y Casas
del Monte, jurisdicción de la ciudad de Plasencia por merced del rey nuestro
señor” |
Con esta carta de
poder, dos hermanos, “Francisco Hernández clérigo y teniente de cura en
la villa de Tornavacas y Martín Hernández escribano
público del concejo del lugar de Cabezuela, estantes al presente en este
lugar de Jerte” otorgan la “escritura de promesa de dote del casamiento”
ante su escribano Francisco García. Tras los párrafos de rigor legal se
especifica la dote de manera más pormenorizada. Junto a los 400 ducados (4.400
reales, o 149.600 maravedíes), y las 40 vacas de forma declarada, se dice sobre
la ropa de casa prometida “una cama de ropa con su arreo de casa que
valga 40.000 maravedíes [3]” (sobre 1.176 reales). Otra cantidad nada
despreciable.
|
[3] Como se apuntó antes, la casa
que vende en 1600 Diego Merino, tiene casi el mismo valor que el ajuar para
la casa que se le envía en dote a la novia. |
Si la dote ya de por
sí es atractiva, los dos tíos de la novia le hacen incrementos aún mejores: “vos
mandamos otras 5 vacas demás de las 40, que sean horras[4] de tres
años y de allí arriba, de manera que han de ser en todas 45 vacas[5]”,
“nos obligamos a que el dicho Juan Hernández nuestro hermano vos
costeare las dichas 45 vacas un año de yerva y guarda y servicio y de toda
costa que no vos cueste nada sustentarlas el dicho año”. Y, por si
fuera poco, “otras 12 fanegas de trigo para que comáis el primer año que
vos casaredes” y “a que vestirá a la dicha María Hernández de todos
los vestidos y paños … de boda, de suerte que vos el dicho Hernando Merino
no seáis obligado a darla vestido alguno” (durante el primer año).
|
[4] RAE. Que no queda preñada.
Aquí lo pronunciamos con hache aspirada, similar a la j aspirada. Normalmente se
atribuye a un animal de ganadería: vacuno, caprino, lanar… |
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[5] Desconozco el valor de una
vaca en ese año, pero la venta de los dos toros de san Marcos el detonante
para la construcción de la ermita del Humilladero, y se correspondía con el
grueso que pagaron al maestro cantero y al carpintero. Posiblemente, 45 vacas
darían de si. |
Pero los tíos ponen una
sola condición, además de a lógica de llevarse a cabo el matrimonio
dentro de los cánones de la santa iglesia romana: “con tal editamiento
y condición que desde el día que vos caséis y en adelante
viváis en el dicho lugar de Cabiçuela, y no viviendo en el dicho lugar esta
escritura sea en sí ninguna, y ni sea el dicho nuestro hermano obligado a vos
dar de todo dote más que 400 ducados, no habiendo caso fortuito o fuerza para
no vivir en el dicho lugar de Cabezuela”
El padre del novio,
Hernando Merino el viejo, acepta la dote y las condiciones y “dijo asimismo
que tengo por bien que el dicho mi hijo se case con la dicha María Hernández y
me obligo de dar al dicho Hernando Merino, mi hijo, todos los vestidos
necesarios y acostumbrados para cuando se case”
Se completa la
escritura cuando los tíos, Francisco y Martín Hernández, “en nombre del
dicho Juan Hernández nuestro hermano, damos la mano y palabra de
que la dicha María Hernández se casará con vos el dicho Hernando Merino…”
En Xerete a 7 de
agosto de 1599. Testigos, Gaspar Sánchez vecino de la villa de Tornavacas,
Francisco García el viejo y Pedro Martín Trabado, vecinos de Xerete.
Lo firmaron de sus
nombres los otorgantes.
Sin palabras. Pero
ahora sabemos por qué los Merinos se fueron a vivir a “Cabiçuela”.
Sobre ellos volveremos
para comentar algún litigio de “agravio de hechos y palabras” hacia
1634, o la incesante demanda de hidalguía.
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